El único imputado, el viudo Marcelo Macarrón, fue absuelto. El Fiscal de la causa, Julio Rivero, dijo no poder acusar a Macarrón por no contar con la prueba suficiente.

  El viudo estaba acusado de “homicidio calificado por el vínculo, por alevosía y por precio o promesa remuneratoria en concurso ideal”

  Al no existir en este juicio una querella y, como el único impulsor de la acción penal -el fiscal- desistió de acusar, el tribunal técnico solo puede dictar un veredicto absolutorio.

  Técnicamente el caso quedará impune ya que pasaron más de 15 años del asesinato, lo que implica la prescripción de la acción penal.

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nora dalmasso macarron 2

 

Finalmente, luego de 15 años del asesinato de Nora Dalmasso, ocurrido en 2006 en la ciudad de Río Cuarto, el fiscal del juicio al que fue sometido el médico Marcelo Macarrón por el femicidio de su esposa pidió la absolución del viudo durante un alegato en el que cuestionó la investigación realizada por la policía.

Durante las 2.45 horas que duró el alegato ante el jurado popular y el tribunal técnico de Río Cuarto, el fiscal Julio Rivero dio un pormenorizado recorrido de la instrucción del caso y aclaró que no cuenta con pruebas suficientes como para acusar a Macarrón por el delito de “homicidio calificado por el vínculo, por alevosía y por precio o promesa remuneratoria en concurso ideal” de su esposa y que, ante ello, debe pedir su absolución.

“No puedo acusar por acusar”, dijo Rivero, tras lo cual agregó: “No puedo sostener que la mató un sicario no solo porque no existe prueba de eso sino porque hay pruebas de que la víctima tuvo sexo consentido. El sexo consentido echa por tierra un acuerdo criminal”.

El alegato fue escuchado atentamente por Macarrón, quien estuvo sentado en la sala de audiencias junto a su abogado Marcelo Brito. A pocos metros se hallaban sus hijos Facundo y Valentina, su hermano Juan, su cuñada y sus sobrinos, que acompañaron al viudo.

Para pedir la absolución, el fiscal hizo lugar “al principio de inocencia” ante la insuficiencia de pruebas que lo comprometan y pidió que “se pongan a disposición de la fiscalía la totalidad de las actuaciones para seguir investigando en procura de llegar a la verdad”.

Sin embargo, técnicamente el caso quedará impune, ya que pasaron más de 15 años del asesinato, lo que implica la prescripción de la acción penal.

Macarron

De esta manera, el jurado popular, tal como dispone la ley, no podrá pasar a deliberar para llegar a un veredicto, ya que sin acusación fiscal no puede pronunciar una condena.

En tanto, al no existir en este juicio una querella y, como el único impulsor de la acción penal -el fiscal- desistió de acusar, el tribunal técnico solo puede dictar un veredicto absolutorio.